Introducción a la Economía

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SEGUROS. UN RESGUARDO COMPLEMENTARIO: Otra manera de proteger su salud.

(El Mercurio, 27 de Enero de 2003. 


Daniela Jorquera G.

La cobertura de salud que tengamos nos preocupa a todos, especialmente porque en caso de sufrir un accidente o una enfermedad grave es muy probable que terminemos endeudados, considerando los altos costos de las hospitalizaciones, exámenes y cirugías. Para los más precavidos existen alternativas de seguros individuales que ofrecen coberturas frente a este tipo de siniestros.

Para elegir uno de ellos, hay que poner atención a varios detalles. La primera recomendación es revisar exhaustivamente su plan de salud. De esta manera sabrá qué tipo de seguro le conviene, con qué cobertura y con qué costo. Por ejemplo, si en la Isapre usted priorizó los gastos ambulatorios, quizás le favorezca contratar un seguro que amortice los desembolsos en hospitalización.

Al igual que en las Isapres, los costos de los seguros están determinados por edad, sexo, cargas y preexistencias, por lo que varían de una persona a otra y también entre compañías. Se consideran, además, el capital asegurado (que es el tope máximo anual de dinero que se puede recibir) y las coberturas por eventos (que son las enfermedades o accidentes).

Para acceder a estos seguros es necesario contestar una Declaración de Salud Personal (DSP) en la que se le preguntará por todas las enfermedades, fracturas, defectos físicos, que usted haya tenido o padezca en la actualidad. Es importante declarar todo tipo de males en los que haya mediado un diagnóstico médico, porque los seguros están facultados para investigar en caso de que tengan dudas y eso podría causarle la cancelación del contrato y la no cobertura.

Los catastróficos

Los seguros de salud catastróficos son aquellos que sirven para cubrir un desastre financiero producto de graves accidentes o de enfermedades. Su característica principal es que se pagan por reembolso, tienen deducible y un tope máximo anual. Los catastróficos sirven tanto para quienes poseen Isapre o Fonasa como para aquellos que no están inscritos en el sistema de salud.

En casi todas las compañías funcionan de la siguiente forma. Al accidentarse o sufrir una enfermedad grave, el asegurado deberá hacer uso de la cobertura de su Isapre o Fonasa. Luego, del saldo que haya quedado impago debe cancelar un deducible que fluctúa entre las 50 y 100 UF dependiendo del capital asegurado. A partir de ahí, el seguro contratado reembolsa el 100% de los gastos médicos hospitalarios y ambulatorios. Ojo, porque si el sistema de salud que tiene no cubrió la prestación o no está afiliado a ninguno, estos seguros cubren el 50% de los gastos.

Por lo general, por el mismo costo se incluye una cobertura del 50% de los beneficios para los gastos médicos en el extranjero, siempre y cuando su sistema de salud los cubra. Si no es así, la cobertura en el extranjero será de un 25%.

Algunos de estos seguros están dedicados a la cobertura específica de alguna enfermedad. Es el caso de los oncológicos, en los que luego de que se haya hecho uso del plan de la Isapre o Fonasa, pagan el 100% de los gastos médicos y hospitalarios que demande el tratamiento. Sin embargo, en dos de las compañías a las que consultamos, entre las condiciones está atenderse en el IRAM (Instituto de Radiomedicina), además de otros requisitos.

Para entender en la práctica cómo operan los seguros catastróficos, Francisco Goñi, gerente de Rentas Vitalicias de Consorcio, nos explica: Si una persona padece de una enfermedad grave como una cardiopatía y está asegurado, lo que tiene que hacer es ir juntando las boletas de todos los gastos médicos en que incurra, incluidos los exámenes, hospitalizaciones y atenciones profesionales. Si todo el tratamiento le costó $4.000.000 y de eso la Isapre le reembolsó $1.500.000 y pagó un deducible de 50 UF (aproximadamente $850.000), el seguro costeará la diferencia, correspondiente a $2.350.000.

No olvide que si va a contratar un seguro catastrófico, averigüe primero en su Isapre si tiene o no cobertura contra enfermedades catastróficas.

Los indemnizatorios

La principal característica de los seguros indemnizatorios es que no tienen deducible y que ante el diagnóstico acreditado de una de las enfermedades incluidas en la póliza, hospitalización o accidente, pagan de inmediato el capital asegurado. La responsabilidad de qué hacer con ese capital recae en la persona y no es controlada por la compañía con la cual tiene contrato. Este tipo de seguros es ideal para quienes no tienen ninguna cobertura de un sistema de salud.

La ventaja de estos seguros es que dan libertad para elegir centros asistenciales, facultativos, tratamiento en el extranjero o lo que su médico recomiende. Sin embargo, son exigentes en las exclusiones. Algunas de ellas son: enfermedades preexistentes, hospitalización a consecuencia de embarazo o maternidad, alumbramiento o la pérdida que resulte del mismo, suicidio, guerra, ser miembro de alguna institución armada o de una tripulación de avión y hacer deportes riesgosos como parapente, alas delta y paracaidismo.

En el caso de los indemnizatorios por enfermedad, hay un listado de cada compañía de cuáles son las que cubrirá el seguro. Las principales son cáncer, infarto al miocardio, esclerosis múltiple, derrame cerebral, enfermedad coronaria que requiera cirugía, distrofia muscular, parálisis, ceguera, trasplante de órganos e insuficiencia renal crónica.

Los de hospitalización entregan un monto diario que fluctúa entre 4 UF y 10 UF en caso de tener que permanecer más de ciertos días en un centro asistencial. Esto se traduce en que si usted está hospitalizado, el seguro comenzará a indemnizarlo a partir del tercer o cuarto día y por un plazo máximo, independiente del costo de la hospitalización y los beneficios que reciba de su programa de salud. Hay algunos que en caso de estar en el extranjero o ingresar a UTI, duplican la indemnización.

Al momento de presentar la petición de la indemnización al seguro, preocúpese de haber guardado los exámenes que verifican el diagnóstico de la enfermedad y los que acreditan que efectivamente se sufrió un accidente, y no olvide pedir un certificado en el centro en el que ha estado internado.

Otra opción

Un seguro complementario parece ser una buena solución cuando se quieren reducir los gastos luego de la bonificación de la Isapre o Fonasa. Sin embargo, encontrar compañías que los ofrezcan individualmente es difícil debido a que la gente que busca este tipo de cobertura está más expuesta al riesgo.

 

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